La Corte Electoral falló en una denuncia presentada por el Partido Colorado contra el presidente del Banco Central del Uruguay (BCU), Mario Bergara, y sostuvo que este no infringió las prohibiciones previstas en el artículo 77 de la Constitución.
El Partido Colorado (PC) había denunciado en julio a Bergara por haber declarado que no descartaba ser candidato a la Presidencia. La denuncia fue firmada por el secretario general del PC, Adrián Peña.
“Yo no descarto considerar la posibilidad, pero tiene que ser en determinados escenarios. ¿En qué escenarios? Escenarios de renovación. ¿Qué renovación? La del estilo que planteó el presidente [Tabaré] Vázquez (…) En ese caso sí lo consideraría”, dijo Bergara en una entrevista con el semanario Crónicas.
Ahora a Corte Electoral dictaminó que Bergara no violó el artículo 77 de la Constitución, que establece que los directores de entes autónomos y servicios descentralizados “deberán abstenerse, bajo pena de destitución e inhabilitación de dos a diez años para ocupar cualquier empleo público, de formar parte de comisiones o clubes políticos, de suscribir manifiestos de partido, autorizar el uso de su nombre y, en general, ejecutar cualquier otro acto público o privado de carácter político, salvo el voto”.