El sistema bancario operará a partir de mañana, durante un mes, con un horario de atención al público extendido, hasta las 17 horas.
A través de un decreto de necesidad y urgencia se estableció que a partir de mañana se requerirá autorización previa para la compra de dólares, se obligará a las exportadoras a liquidar divisas y se permitirá a las empresas pagar impuestos con títulos públicos.
Desde fuentes oficiales, aclararon que nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas. No hay ningún impedimento al comercio exterior ni restricciones sobre viajes.
Las personas físicas (individuos) podrán comprar como máximo de USD 10.000 por mes. Se requerirá conformidad previa a las compras que superen ese monto. Y podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior hasta de USD 10.000 por persona por mes.
Las empresas e instituciones no podrán comprar dólares para atesorar. Los exportadores, tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de cinco días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque. Esto es hasta el 31 de diciembre de este año. No hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.
DECRE-2019-79047918-APN-PTEFUENTE INFOBAE