Entraron en vigencia las nuevas modificaciones que aprobó el Poder Ejecutivo en cuanto al cobro de tarifas de peaje en rutas nacionales. Las mismas, indican cambios en el criterio de exoneración de vehículos oficiales aprobadas el 14 de agosto.

Los organismos que están exonerados del pago son: la administración central (unidades ejecutoras dependientes de Presidencia y Ministerios), Gobiernos Departamentales (Intendencias, Juntas Departamentales y Municipios), la Administración de los Servicios de Salud del Estado, entes de enseñanza pública (ANEP, DGEIP, DGES, DGETP, CEF, UDELAR) y el Instituto Nacional de Colonización.

Los restantes organismos públicos deben abonar la tarifa de peaje. Para esto, se crearon cuentas de Telepeaje en la modalidad prepago, en la que pueden realizar recarga de saldos o asociar una cuenta bancaria para su débito.

En los casos que no se asocie un medio de pago, los importes correspondientes son enviados al Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (Sucive), para su pago mediante redes de cobranza, dentro de los 60 días.

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