El 19 de diciembre se realizará un sorteo anual para premiar hasta 500 cuentas de contribuyentes buenos pagadores de los tributos de Contribución Inmobiliaria, Tasa General y Tarifa de Saneamiento.

Quienes resulten ganadores de este sorteo recibirán una exoneración del 100% del monto de contribución inmobiliaria, tasa general y/o tarifa saneamiento que deben pagar durante el año siguiente al sorteo.

En la edición de este año se añade un sorteo adicional para 200 contribuyentes que estén inscritos para recibir sus facturas de manera digital a través del correo electrónico. Estos contribuyentes tendrán el doble de oportunidades de ser beneficiados en el sorteo.

Requisitos para ser elegibles:

  • Las personas físicas o jurídicas buenas pagadoras de los conceptos Contribución Inmobiliaria, Tasa General, y de la Tarifa de Saneamiento.
  • Se considera buena pagadora la persona que siendo sujeto pasivo u obligada al pago de dichos conceptos, haya abonado en fecha las obligaciones devengadas y exigibles en los 12 meses anteriores al sorteo, y que no haya mantenido deudas impagas respecto a estas en el período considerado, aunque estuviesen convenidas.

No pueden ser elegibles:

  • Las personas que ocupen cargos políticos o de particular confianza dentro del Gobierno Departamental o Municipios de Montevideo.
  • Aquellas cuentas en las que se hayan otorgado financiaciones, refinanciaciones y/o consolidaciones mediante convenios de pago o esperas en juicio dentro de los doce meses anteriores al sorteo, o hayan mantenido vigentes en ese mismo período convenios o esperas en juicio celebrados con anterioridad, aunque a la fecha del sorteo estuvieren cancelados.
  • Las cuentas pertenecientes a personas públicas estatales y no estatales

¿Cómo se hace?

  • Participarán las cuentas corrientes consideradas buenas pagadoras de los tributos antes mencionados en los doce meses previos al sorteo.
  • El beneficio comenzará a aplicarse automáticamente a la siguiente factura del tributo en el que haya sido sorteada la cuenta, por lo que esa factura tendrá un costo de $0. Estas facturas tampoco llevarán costo de impresión. El beneficiario o beneficiaria no debe realizar ningún trámite posterior al sorteo.

Foto: FocoUy