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En Uruguay, las ventas de vehículos móviles personales eléctricos se multiplicaron por seis en tres años y 2025 fue el año récord. Aunque existe normativa para su circulación, que establece que deben usar casco y chaleco reflectivo, lo cierto es que no se fiscaliza. La Unasev dice que los intendentes ahora deberán evaluar nuevos controles, porque la normativa aprobada en 2020 quedó desactualizada.
El organismo encargado de la seguridad advirtió por el crecimiento de la siniestralidad vial respecto a este tipo de vehículos. En 2025 hubo 191 casos de usuarios de Vehìculos Móviles Personales lesionados en siniestros (entre leves y graves), mientras que en 2020 habían sido 26, lo que implica un crecimiento del 634,6%.
Dentro del rubro de VMP, los monopatines registraron un aumento mayor de la siniestralidad, que se erigieron como la categoría con «mayor crecimiento en lesionados» en los últimos cinco años.
Dentro de los siniestros registrados por la Unasev, los heridos graves «muestran una tendencia creciente en términos absolutos», ya que habían sido cuatro en 2021 a 26 en 2025. La participación, sin embargo, en el total de lesionados se mantuvo estable.
Respecto a los heridos leves, los usuarios de VMP que entran dentro de esta categoría también «muestran una tendencia creciente en términos absolutos», pasando de 25 casos en 2020 a 165 en 2025.
La sorpresa, de la semana pasada fue que la comuna capitalina comenzó a analizar una posible regulación para los monopatines eléctricos que circulan en la capital, en un contexto de aumento sostenido de este tipo de movilidad.
El intendente Mario Bergara fue consultado al respecto y remarcó la necesidad de establecer un marco normativo para estos vehículos.
Según explicó, la comuna inició conversaciones internas para avanzar en el tema, y una posibilidad que se manejó es la de patentarlos, aunque admitió que no alcanza solo con esa medida.
El edil del Partido Nacional por Montevideo, Diego Rodríguez, reconoció la falta de regularización de este tipo de vehículos, criticó la forma en la que circulan, y no descartó la implementación de una patente, pero remarcó que no puede ser para “recaudar por recaudar”.
El presidente de la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev), Marcelo Metediera, se mostró contrario a la aplicación de una patente, y señaló que él optaría por aplicar un registro de usuarios que utilicen un monopatín eléctrico, teniendo en cuenta el número de registro del propio monopatín y asociarlo a la persona que circula en él.
Pero, luego de estas reacciones, Bergara, en una entrevista con Legitima Mañana en Caras y Caretas, aclaró que no va a ser una patente de cobro, sino que será un registro de usuarios para comenzar a regularizar la situación, por lo que se alineó a la idea de la Unasev.
Con este panorama, la Unasev observa con atención experiencias internacionales, como el caso de España, por ejemplo, que sanciona a los ciclistas infractores, con multa a la persona y no la matrícula o vehículo.
La normativa vigente en Montevideo, aprobada en 2020, establece una serie de definiciones, obligaciones y límites para la circulación de vehículos livianos y motorizados con el objetivo de ordenar el tránsito y reforzar la seguridad de los usuarios. Entre los vehículos comprendidos se incluyen monopatines con y sin impulso eléctrico.
Uno de los puntos centrales de la reglamentación es el límite de velocidad: los monopatines, o vehículos móviles personales (VMP), no pueden superar los 25 km/h, independientemente de si cuentan o no con asistencia eléctrica.
En cuanto a la circulación, deben transitar por la calzada, aunque, en el caso que exista infraestructura específica como ciclovías o bicisendas, su uso pasa a ser obligatorio.
Entre los elementos de seguridad exigidos se incluyen un sistema de freno delantero y trasero, timbre o bocina, luz blanca adelante y roja atrás y dispositivos reflectantes en ruedas y pedales.
La normativa establece que los vehículos no empadronables hasta el momento, como los monopatines, solo pueden ser conducidos por personas de 16 años o más con casco y chaleco reflectivo y no pueden circular por veredas.
Marcelo Metediera admitió que dicha normativa quedó desactualizada debido a la importación de vehículos que circulan a mayor velocidad, y remarcó la necesidad de que el Congreso de Intendentes resuelva este tipo de situaciones, para que no sea cada departamento el que imponga sus normas.
Por su parte, fuentes del Congreso de Intendentes señalaron a Punto de Encuentro que es un tema netamente montevideano, porque no registran una cantidad elevada de monopatines en los departamentos del interior del país.
Sin embargo, los departamentos fronterizos registran un mayor número de usuarios en monopatín, debido a los precios de estos vehículos en el lado brasilero, por lo cual los directores de tránsito se reunirán para elevar una propuesta al congreso.
Por otra parte, los importadores de monopatines eléctricos mostraron su descontento con la idea de la intendencia, entienden que ya existe una normativa actual, que está vigente, pero no se fiscaliza.
El director de WHEELE, Paulo Bareño, en diálogo con Punto de Encuentro, pidió conocer cuál es la problemática y las razones por la cual se busca regularizar los monopatines.
Entiende Bareño que el país debería ir a una movilidad de este tipo, porque son vehículos más pequeños, por lo cual sería más fácil la promoción de éstos que “agrandar las calles”, ante un inminente crecimiento exponencial del tránsito.
Bareño ostró su preocupación también respecto a lo que podría ser una disminución de las ventas debido a la nueva regularización.
Ahora analicemos la normativa vigente en la región y en Europa.
ARGENTINA
- La edad mínima para circular es de 16 años
- La velocidad máxima permitida es entre 25 y 30 km por hora.
- Uso obligatorio de casco, luces delanteras y traseras y sistema de frenos adecuados.
- Está prohibido circular por avenidas de alto transito, autopistas y usar auriculares.
- Los lugares permitidos son ciclovias y calles.
BRASIL
- La velocidad maxima de 20 km/h en ciclovías y carriles bici, y hasta 6 km/h en áreas de tráfico peatonal aunque se recomienda caminar con el vehículo en zonas muy concurridas.
- No se permite circular en vías rápidas con límites superiores a 50 km/h ni estacionarse obstruyendo aceras estrechas, a menos de 3 metros o ciclovías.
- El uso de casco es recomendado, y obligatorio para empresas de alquiler y servicios turísticos.
ESTADOS UNIDOS
- La velocidad máxima no debe superar las 32 km/h.
- Generalmente se requiere tener al menos 16 años para utilizarlo en la mayoría de los Estados
- Mayormente no se necesita licencia ni registro, aunque hay excepciones como Carolina del Norte, Hawái y Luisiana que exigen registrar los dispositivos personales
- Las variaciones locales importantes por ejemplo en California es obligatorio el uso de casco para menores de 18 años y está prohibido circular por las aceras.
- En Nueva York las restricciones son estrictas ya que el uso indebido puede acarrear multas de hasta 500 dolares y la confiscación del vehículo.
ESPAÑA
- Los dueños de los monopatines tienen que tener seguro obligatorio de responsabilidad civil.
- Todos los monopatines deben estar certificados e inscritos en el Registro de Vehículos Personales Ligeros.
- Los modelos antiguos tienen una moratoria hasta 2027, tras la cual no podrán circular si no están homologados.
- La velocidad máxima es de 25 km/h y está prohibido circular por aceras, zonas peatonales, autopistas, autovías o túneles urbanos.
- La edad mínima es establecida por cada ayuntamiento, por ejemplo en Madrid es de 12 años y el uso de casco es obligatorio
RESTO DE EUROPA
- La mayoría de los países, como Bélgica y Francia, mantienen una velocidad máxima de 25 km/h.
- El uso de las aceras está prohibido de forma generalizada, debiendo circular por bicisendas o la calzada.
- En Italia, además del casco, el seguro también ha pasado a ser obligatorio para todos los usuarios.
SINGAPUR
Es uno de los países con medidas más drásticas, imponiendo penas de prisión a quienes circulen por las aceras peatonales.
- El uso está restringido exclusivamente a carriles bici y vías de parques
- En caso de una segunda o tercera vez cometiendo infracciones que inicialmente solo tienen multa, la pena suele incluir prisión. Por ejemplo: Circular por la carretera para un reincidente, la pena puede ser de hasta 6 meses de prisión.
- En caso de circular por las veredas, aunque la primera vez suele ser multa, los casos graves o reiterados pueden resultar en hasta 3 meses de cárcel
- El conductor debe tener al menos 16 años y haber aprobado un examen teórico obligatorio en línea
- Es obligatorio que el dispositivo cuente con una certificación de seguridad contra incendios.
- A partir del 1 de junio de 2026, poseer un dispositivo que no cumpla con esta norma será un delito. Todos los monopatines deben estar registrados y llevar una placa de identificación visible
Finalmente, el diputado colorado, Luis Marcelo Pérez, presentó en La Comisión de Transporte de la Cámara de Representantes, un proyecto de ley en el que plantea la implementación de un curso obligatorio y gratuito de educación vial para personas que se trasladan en vehículos ligeros motorizados y no motorizados eléctricos.
El curso, que habilitaría a los conductores de los transportes mencionados, a circular en la vía pública, estará a cargo de la Unasev, el Ministerio de Transporte, el Ministerio del Interior y las intendencias departamentales.
Sin embargo, está lejos de la consideración por parte del oficialismo, según pudo saber Punto de Encuentro en base a fuentes parlamentarias.
En medio de un crecimiento explosivo de los monopatines eléctricos, Montevideo enfrenta el desafío de ordenar un fenómeno que ya está instalado en la calle. La normativa vigente quedó desactualizada y, sin fiscalización efectiva, los riesgos en el tránsito aumentan.
Ahora, autoridades nacionales y departamentales coinciden en la necesidad de regular, aunque aún no hay un camino claro. Entre registros, controles y educación vial, el debate recién empieza. Mientras tanto, los monopatines siguen circulando, más rápido que las reglas.
Foto: Intendencia de Montevideo / Agustín Fernández Gabard



