El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un proyecto de Ley de Uso Sustentable de Bolsas Plásticas, para evitar que este tema siga siendo un problema ambiental. El texto establece la prohibición de la entrega gratuita de bolsas plásticas. Aquellos que las suministren deberán participar de campañas de concientización, contar con un sistema de recolección y ofrecer bolsas reutilizables.

El proyecto, según publica Presidencia, indica que los impactos ambientales generados por el uso indiscriminado de bolsas plásticas amenazan los ecosistemas a nivel mundial porque contaminan en todo su ciclo de vida, desde la etapa de fabricación hasta su eliminación inadecuada. Debido a su bajo peso estas bolsas mal dispuestas tienen una muy alta y fácil dispersión, afectando el paisaje tanto urbano como rural y generando obstrucciones en los desagües y sistemas de drenaje pluvial.

Contenido del texto

Según el proyecto, quedará prohibida la entrega gratuita de las bolsas plásticas que se consideran permitidas en esta ley para lo cual los ministerios de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y de Economía y Finanzas establecerán los mecanismos necesarios para el cumplimiento y control de lo dispuesto con la fijación de un precio mínimo y condiciones para su facturación.

Asimismo, los  titulares de los puntos de venta estarán obligados a realizar o participar en campañas de difusión y concientización, identificar las bolsas que suministren, contar con un sistema de recolección de residuos de estos artículos y ofrecer a la venta bolsas reutilizables.

La propuesta busca el uso sustentable de las bolsas plásticas para prevenir y reducir su impacto ambiental, mediante acciones para desestimular su uso, promover el reuso, reciclado y otras formas de revalorización, y especialmente para eliminar el uso de aquellas bolsas que no permiten un segundo uso.

Esta iniciativa prohíbe la fabricación, importación, distribución, venta o entrega a cualquier título de bolsas plásticas que no cumplan con las características establecidas en la reglamentación (artículo 4). Por ello solo se entregarán al consumidor bolsas plásticas cuyo fabricante o importador haya obtenido el correspondiente certificado de tales características.

Se incluyen las bolsas plásticas que sean vendidas al por mayor o menor en cualquier rubro o actividad, pero se excluyen por razones de inocuidad o higiene alimenticia, cuando se necesite transportar o contener ciertos productos como pescado, carnes, aves y derivados cuando se encuentren crudos (artículo 3).

Todas las prohibiciones y obligaciones previstas en el texto serán exigibles una vez transcurrido un año desde la fecha de la publicación de la reglamentación, que se estaría realizando a los 180 días de la fecha de la promulgación.

El origen

Este proyecto de ley surge como resultado de un proceso de intercambio realizado desde la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama) con distintos actores públicos y privados. Para su elaboración se tuvo en cuenta experiencias internacionales y se revisó normativas extranjeras, y en el ámbito nacional se consideró el Plan de Acción Estratégico para la Gestión Sustentable de Bolsas Plásticas elaborado por la Dinama en setiembre de 2009 y otros antecedentes como la Ley de Envases y Residuos de Envases y su reglamentación que data del 23 de julio de 2007.

FOTO: Universal