Tal como habíamos informado la empresa Tenfield igualó la oferta de Nike por los derechos a la indumentaria de las selecciones Nacionales, en un comunicado un poco confuso la empresa acepta la oportunidad de igualar la oferta pero anuncia que hay derechos que fueron violados por la AUF y deja un margen para eventuales acciones judiciales.
Por Ernesto Faría
La AUF tiene claro que la empresa que finalmente provea de indumentaria a las selecciones tiene que cumplir exactamente con lo que Nike había ofrecido en todo sentido, quedando absolutamente excluída la publicidad estática en los lugares de entrenamiento de la AUF, la publicidad en la indumentaria en sí y la organización de los partidos amistosos, sin embargo fuentes de la empresa aún entienden que al igualar la oferta adquieren todo, tal como lo tenían hasta el momento.
AUF entiende que al Tenfield igualar la oferta las dudas sobre el plazo de la cláusula y los posibles juicios caen al hacerse uso de la opción, Tenfield se reserva esa eventualidad y sostiene que se violó el contrato vigente. Los asesores letrados de AUF brindaron un extenso informe donde aseguran a los neutrales que el proceder no tiene consecuencias jurídicas.
Foto futboluruguayo.com
Señores Asociación Uruguaya de Fútbol Presente Atención:
Esc. Wilmar Valdez Presidente
De nuestra consideración :
Por la presente, en mi calidad de Vicepresidente y actuando en representación de TENFIELD S.A. («TENFIELD») comunico a Uds. que mi representada iguala, en todos sus térm¡nos, la oferta que, según nos manifestaran por comunicación de fecha 30 de agosto de 20L6, fuera realizada a la Asociación Uruguay de Fútbol (en adelante, «AUF») por la empresa NIKE European Operations Netherlands B.V. (en adelante, «NlKE») para adquirir los derechos de patrocinio y esponsorización exclusiva sobre la ¡ndumentaria deportiva de las selecciones nacionales de fútbol, con el alcance dado en tal oferta, en ejercicio del derecho de preferencia contenido en la cláusula Vll del contrato celebrado entre la AUF y TENFIELD con fecha 20 de noviembre de 1998 y sus sucesivas prórrogas, el cual se encuentra actualmente v¡gente.
Sin que lo que se expresa a cont¡nuación pueda, en ninguna circunstanc¡a, ser interpretado como un condiciona miento al consentimiento man¡festado de igualar la oferta de NIKE, pero con la finalidad de que no pueda ¡nterpretarse la presente comunicación como una purga de los incumplimientos y perjuicios generados contra mi representada, TENFIELD hace expresa reserva de las acciones legales que puedan corresponderle contra la AUF, su Comité Ejecutivo y demás personas involucradas por la publicidad realizada a favor de NIKE en violación de los derechos propiedad de TENFIELD; por la negociación extemporánea realizada con NIKE; por el otorgamiento incompleto de información para el ejercicio de su derecho de preferencia; por el porcentaje de comisión que reciba el intermediario en la operación; por las reiteradas violaciones al deber de buena fe contractual; y por los demás incumpl¡mientos contractuales configurados y manejos vinculados con la presente operación.
Atentos saludos
Nelson Gutiérrez
COMUNICADO
La Asociación Uruguaya de Fútbol hace saber a la opinión pública: que en el día de la fecha y dentro del plazo contractual establecido, la firma TENFIELD S.A. ha comunicado su voluntad de igualar la oferta de la Empresa NIKE oportunamente recibida por esta Asociación, con respecto a la indumentaria deportiva de las Selecciones Nacionales.
En virtud de ello, en forma inmediata y en cumplimiento de lo acordado se comunicó a la Empresa NIKE, así como a los integrantes de la Asamblea General tal situación. Dado el carácter eminentemente público y la trascendencia mediática que este tema adquirió desde su génesis, es que este Consejo Ejecutivo, entiende necesario que la afición deportiva y público en general tengan conocimiento directo de todo lo acontecido y los pasos contractuales y legales que esta Asociación está recorriendo con el objetivo de obtener los mayores ingresos posibles para las arcas de nuestra Institución
CONSEJO EJECUTIVO