El Poder Ejecutivo envió este martes al Parlamento un proyecto de ley destinado a fomentar la inserción laboral de personas con capacidad, que prevé un ingreso a las empresas privadas de trabajadores en esta condición y que posean las debidas cualidades de idoneidad, consigna el portal Ecos.la.
La normativa se aplicará a todas aquellas firmas que emplen, como mínimo, a 25 personas, y establece un cronograma de tres años para su total cumplimiento, en función del tamaño de cada emprendimiento y del personal a su cargo.
Así, durante el primer año de vigencia de la ley, en las empresas con 500 trabajadores o más, el 3% deberá ser discapacitado
Las que posean entre 150 y 500 deberán cumplir con un 2% y las que tengan entre 50 y 150 empleados deberán hacerlo en el 1%.
Durante el segundo año, los porcentajes aumentarán a 4%, 3% y 2% respectivamente, en tanto se incorporará una nueva categoría. Las empresas con menos de 50 funcionarios deberán cumplir con el 1,5% de la plantilla.
Al tercero, la proporción volverá a aumentar y pasará a ser, respectivamente, del 4%, 3,5%, 3% y 2%.
Cumplidos los tres años de vigencia de la ley, el porcentaje será del 4% del total en todos los casos.
La iniciativa había sido anunciada el Día de los Trabajadores por el ministro Ernesto Murro,y sustituye a una normativa similar ya aprobada por la Cámara de Diputados. Fue realizada, destacó el secretario, en consulta con las Cámaras Empresariales y el PIT-CNT.
Si en la plantilla ya existieren personas con discapacidad al momento de nuevos ingresos, su número será descontado a los efectos del cálculo previsto por la ley.
El Ministerio de Trabajo quedará facultado a sancionar económicamente a aquellas empresas que incurran en algún tipo de incumplimiento de la normativa.
El proyecto prevé además que aquellas personas con discapacidad que requieran apoyo para la realización de sus tareas laborales podrán solicitarlo y el empleador acceder a ello. Los apoyos comprenderán aspectos tales como adaptaciones o la figura de compañeros mentores.
Se prevé la creación de la figura de “operador laboral”, que ayudará al discapacitado en la búsqueda, obtención, preparación y mantenimiento del empleo, y servirá de guía tanto a empleado como a empleador. El costo de sus servicios será solventado por el Ministerio de Desarrollo Social.
En caso de producirse el despido de un trabajador de estas características, deberá responder a una “causa razonable”, fundamentada en la conducta del empleado o en las necesidades de la empresa.
En caso contrario, el empleador deberá abonarle el equivalente a seis meses de salario más la indemnización legal que corresponda.
Al cabo de tres meses, deberá además contratar a otro trabajador discapacitado en sustitución del que ha sido cesado, salvo en los casos en el que puesto haya sido suprimido por una reestructura de la empresa.
El proyecto prevé que cada persona comprendida en la presente ley pueda solicitar licencia extraordinaria y sin goce de sueldo por hasta tres meses año, en forma continuada o discontinuada, adicional al período anual legal y a los eventuales casos de enfermedad, siempre que se relacione con su discapacidad.
Hijos y aportes
El texto enviado por el Ejecutivo también procura beneficiar a personas que, sin padecer de discapacidad, están relacionadas a ella en forma indirecta.
Así, todo trabajador que adopte a hijo con discapacidad tendrá derecho a solicitar hasta diez días anuales, con goce de sueldo, para controles médicos.
Quienes tengan hijos con discapacidad o con una enfermedad terminal tendrá derecho a una licencia especial anual de 96 horas, de las cuales el empleador deberá pagar 64.
El proyecto prevé también un cronograma gradual relativo al pago de los aportes patronales que deberán hacer los empleadores cuando contraten a personas con discapacidad.
Durante el primer año del vínculo laboral tendrá a su cargo el 25%, en tanto el resto será afrontado por el Estado.
El porcentaje irá creciendo y será del 50%, 75% y 100% respectivamente en los siguientes tres años.
Los potenciales beneficiarios del proyecto deberán estan inscriptos en el Registro Nacional de Personas con Discapacidad