La Intendencia de Montevideo otorgó 160 días a los organismos públicos para cumplir con la obligatoriedad de disponer de estacionamientos para bicicletas en sus edificios.

En mayo del 2017 se reglamentó la normativa obligando a públicos y privados a contar con bicicletarios y al cumplirse un año el día 29, se controlará a los edificios públicos. De no acatarse luego del tiempo otorgado el cuerpo inspectivo aplicara multas de 8UR por mes de atraso, unos 8500 pesos, fijando plazos de instalación desde el mes de setiembre.

A la fecha el 90% de los privados ya cuenta con el espacio destinado para los rodados, cada 5 vehículos particulares se exige un bicicletario y se viene cumpliendo con un nivel de buen adhesión, debido a las denuncias de los ciclistas que ayudan a ejercer los controles.

Según fuentes de comuna las zonas donde se ubican los parkings comerciales y donde se han detectado irregularidades son Cordón, Centro, Ciudad Vieja, Pocitos y Punta Carretas, el año pasado se intimó el total de los establecimientos, que corresponden a 180 y en lo que va de este año no se han recibido denuncias. El monto de la tarifa que establece el estacionamiento tendrá un tope del 10% de la tarifa de un auto particular, en el caso de los organismos públicos no cobraran por el servicio. Por ejemplo si a un auto se le cobra 100 pesos la hora a una bicicleta se le puede cobrar hasta 10 pesos.

En el caso de propiedad privada, los Bicicletarios deberán ubicarse preferentemente en planta baja para estar vinculados directamente a la vía pública. Aclarando además que en el caso de edificios privados de propiedad horizontal que no cuenten con estacionamiento no se le exigirá ya que la normativa exige a parkings comerciales. Si podrán solicitarlo a la intendencia, quien se encargara de estudiar el pedido.

En los edificios donde se emplacen organismos públicos con áreas construidas mayores a 100 metros cuadrados tendrán distintas exigencias, por ejemplo;

En servicios Administrativos, Instituciones Financieras, de Salud. La cantidad de sitios se debe calcular a razón de 1 estacionamiento de bicicleta cada 100 personas que trabajen en el edificio.

En centros de Enseñanza. La cantidad de sitios adicionales se deben calcular a razón de 3 estacionamientos cada 100 plazas de estudiantes.

En instituciones culturales, museos, teatros, cines, deben adicionar un mínimo de 5 estacionamientos exclusivos para bicicletas.

Y en el caso de instituciones Deportivas deben adicionar un mínimo de 15 estacionamientos exclusivos para bicicletas.

Cabe señalar también que espectáculos públicos la Intendencia podrá exigir al encargado la colocación de bicicletarios portátiles, los cuales deberán ser movibles y  fácilmente transportables.

Aquí el informe completo de Giuliana Perdomo para Fuentes Confiables: