El Ministerio de Trabajo envió al Parlamento un proyecto de ley de cinco artículos con modificaciones a la Ley de Negociación Colectiva, como había solicitado la Organización Internacional del Trabajo.
El proyecto elimina la ultractividad y somete la vigencia de los convenios a la propia negociación colectiva, obliga a las representaciones sindicales a contar con personería jurídica para intercambiar información.
Según publica El Observador, también se quita competencias al Consejo Superior Tripartito, suprime la negociación por rama cuando no exista organización sindical en la empresa, y elimina la homologación obligatoria de las resoluciones de Consejos de Salarios o negociación colectiva por parte del Poder Ejecutivo.
La Comisión de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT había advertido al gobierno uruguayo a realizar las modificaciones antes del 1º de noviembre.