Manifiestan «preocupación» ante riesgos de afectar la libertad de expresión.
«En CAinfo y Observacom entendemos que el Estado uruguayo debe evitar la aprobación de legislación regresiva, contraria a los estándares internacionales de derechos humanos y que desconoce los avances registrados en los últimos años, por los cuales el país ha sido reconocido internacionalmente», expresan mediante un comunicado.
El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) y Observacom, alertan ante el contenido de algunas disposiciones del proyecto de Ley de Urgente Consideración. Señalan que el articulado «desconoce los avances registrados en los últimos años, por los que el país ha sido reconocido internacionalmente».
De forma específica, «resulta preocupante el contenido del artículo 214, literal G, que incluye el Derecho al Olvido en ‘búsquedas de Internet, en servicios de redes sociales y medios digitales equivalentes’”.
«Este punto del anteproyecto, por tanto, debería ser objeto de un análisis profundo, con más tiempo -no el establecido mediante una ley de urgencia-, en el que se escuchen diferentes opiniones», indican.
La libertad de expresión implica el derecho a buscar, recibir y difundir información, y en esa línea, considera: «entendemos que esta iniciativa de crear un nuevo derecho, el Derecho al Olvido, de manera tan amplia y vaga como está expresado en el proyecto de ley puede afectar la libertad de expresión».
Las organizaciones explican que «actualmente existen mecanismos en nuestro sistema jurídico que permiten que una persona pueda reclamar que se reparen los daños ocasionados por la posible difusión de información considerada falsa, agraviante o inexacta».
Asimismo queremos advertir ante las consecuencias de la aprobación de otros artículos que afectan el derecho a la protesta pacífica y, por lo tanto, a la libertad de expresión, consagrados en convenciones internacionales suscritas por el Estado uruguayo».
«En este sentido, los artículos 11, 349, 448, 449 y 450 implican una violación de la obligación del Estado de garantizar el cumplimiento de estos derechos especialmente protegidos por el sistema interamericano y el universal de derechos humanos».