Será controlado por el cuerpo inspectivo de la Intendencia. 

Desde este jueves rige por resolución de la Intendencia de Montevideo, la obligatoriedad del uso de tapabocas para usuarios del transporte público.

Se trata de una medida que ya rige, desde el 18 de abril, para todo el personal del transporte colectivo, además de vendedores y artistas habilitados a trabajar en las unidades.

En el caso de usuarios, hasta el momento se había determinado apelar a la exhortación, en consonancia con las definiciones del gobierno nacional.

La extensión de la medida a la población fue planteada por la Intendencia y acordada, por unanimidad, en el Consejo Consultivo del Transporte.

Se trata de un órgano creado en esta administración departamental, integrado por autoridades del Departamento de Movilidad, representantes de la Junta Departamental, Defensoría del vecino, organizaciones sindicales y empresas del transporte colectivo de pasajeros.

En una reunión realizada el viernes 8 de mayo, todos estos actores entendieron necesario adoptar una nueva resolución que aplique la obligatoriedad del uso de tapabocas.

Esta nueva disposición exceptúa a los niños de hasta 2 años. Será controlado por el cuerpo inspectivo de la Intendencia, la responsabilidad no recaerá sobre el conductor o guarda.

En tanto, la comuna constató que tras el anuncio de obligatoriedad, se incrementó aún más uso de tapabocas en usuarios de transporte.

De acuerdo con los datos recabados el martes 12 de mayo, de 1982 ascensos relevados en 10 puntos diferentes de la ciudad, en el 88,1% de los casos pasajeras y pasajeros llevaban puesto el tapabocas (1746 ascensos) mientras que en el 11,9% no lo utilizaban (236 ascensos).

Esto da cuenta que el uso de tapabocas por parte de usuarios continúa creciendo: en el primer control del 20 de abril era del 53%; en el segundo control del 27 de abril fue del 78,1% y ahora creció hasta 88,1%.