El proyecto de ley prevé dos capítulos respecto a las empresas del Estado: mayor transparencia y control de las sociedades anónimas en las que estos entes autónomos y servicios.

En un análisis de Darío Andrioli, director de CARLE & ANDRIOLI Contadores Públicos, s hemos venido analizando los principales aspectos económicos de la ley de urgente consideración que está siendo considerada ahora en Diputados. Hoy para finalizar realizaremos el análisis de los aspectos referidos a las empresas públicas (entes autónomos y servicios descentralizados).

Acompañá la lectura con el audio de la nota:

PE ¿De qué hablamos cuándo hablamos de entes autónomos y organismos descentralizados del dominio comercial e industrial del Estado?

Se trata de empresas de propiedad estatal que desarrollan actividades industriales y comerciales clave como petróleo y derivados, energía eléctrica, comunicaciones, agua o actividades financieras, entre otras.  Por ej las de mayor dimensión: Ancap, Antel, UTE, BROU, BSE, OSE.

Actúan en el marco del derecho público y muchas han invertido en sociedades anónimas que operan en el derecho privado (en general con menor control de procedimientos). Participan en más de 50 sociedades por ejemplo  Ancap en más de 10 S.A., Ute 7 y Antel 4. 

 

PE ¿Qué modificaciones se proponen en la LUC respecto a estas empresas públicas?                       

El proyecto de ley prevé dos capítulos respecto a las empresas del Estado: 

  1. mayor transparencia en la información de entes autónomos y servicios descentralizados del

dominio industrial y comercial del Estado y de sus sociedades comerciales vinculadas. Esta divulgación de información es con el objetivo de una mejor rendición de cuentas.

  1. mayor control de las sociedades anónimas en las que estos entes autónomos y servicios

descentralizados (EA y SD) tengan participación social en forma directa o indirecta (ya sea como accionista o titular de participaciones sociales)

También el proyecto prevé que las SA con participación estatal también deberán, dentro de lo posible, abrir una parte menor de su capital mediante la oferta pública de acciones. 

 

PE ¿Qué establece la LUC respecto a la transparencia de las empresas públicas?

Los EA y SD del dominio comercial e industrial del Estado deberán publicar sus estados financieros auditados en sus sitios web dentro de los 90 días de finalizado el ejercicio económico (no estarían comprendidos BROU y BHU, por regirse por las regulaciones de la actividad financiera).

Si estarían alcanzadas las sociedades comerciales con participación pública (incluidas las sociedades anónimas propiedad del BROU y BHU). 

Los requisitos de información financiera y de auditoría externa serán similares a los establecidos por el BCU para las empresas emisoras de valores (según normas internacionales); y también deberán informar del porcentaje del capital social que la empresa pública tiene.

Y además de la información contable, deberán detallar información sobre sus operaciones.

PE ¿Sobre qué aspectos de su operativa deberán informar las empresas públicas y las sociedades vinculadas? 

Dentro de la información operativa a presentar en notas se incluyen por ejemplo:

  • número de empleados (con apertura de presupuestados, contratados, pasantes)
  • la variación de funcionarios de los últimos cinco ejercicios
  • convenios colectivos celebrados con sus trabajadores
  • retribuciones de Directores y Gerentes
  • información abierta por segmento de negocios sobre: ingresos, activos, costos y resultados, así como eventuales subsidios cruzados que pudieran existir
  • información sobre impuestos pagados e importes transferidos a rentas generales    

 

PE Decías que la LUC prevé mayor control de las sociedades en las que participan las empresas públicas ¿Qué establece el proyecto al respecto? 

Se proponen cambios en la gestión de las sociedades anónimas con participación estatal referidas a su objeto y Gobierno corporativo (sistema por el cual las empresas son dirigidas y controladas). 

Su constitución deberá ser autorizada por el P. Ejecutivo, su objeto debe ser específico y acorde a la competencia del ente estatal que participe. El P. Ejecutivo controlará el cumplimiento del objeto social y también examinará el objeto de las SA en actividad.

Respecto al Gobierno corporativo sus Directores deberán tener idoneidad técnica en la temática de la sociedad y no tener conflictos de intereses. Se deberá designar Gerente General.

Los Directorios de los EA y SD que tienen participación deberán aprobar los estados financieros, presupuestos y planes de inversión de estas sociedades.

Estas sociedades además deberán aplicar un Código de Buenas Prácticas de Gobierno corporativo, elaborado por el P Ejecutivo y que deberá ser como mínimo el establecido por el BCU para las empresas que hagan emisión pública de valores. 

PE ¿Cuánto inciden en nuestra economía estas empresas públicas?

Las empresas propiedad del Estado son relevantes en el mundo, en la región y en nuestro país. 

Según estudio de la Universidad de Montevideo de hace algunos años, las empresas públicas explican 20% de la inversión mundial y más de 10% del PIB de los países OCDE.

En la región por su parte las empresas más grandes son propiedad de empresas estatales.

Lo mismo ocurre en nuestro país las empresas de mayor dimensión y claves para nuestra economía son de propiedad estatal. Por ej sólo tres empresas públicas (Ancap, Antel y UTE) participan casi del 10% de la inversión, 5% del producto y 2% de los puestos de trabajo. Recordemos que, de acuerdo al portal de OPP, si bien ha bajado algo las empresas públicas ocupan 36.000 personas. 

Foto: Gastón Britos / FocoUY.