La Secretaría Nacional de Deporte (SND), autorizó el aumento de aforo en gimnasios, piscinas y espacios cerrados a partir del 1º de agosto, dada

La capacidad permitida para la utilización de los mismos pasa de un 45 a un 65%. Además, se permitirá el uso de espacios destinados a vestuarios, en tanto no excedan los 15 minutos de utilización. Los diferentes centros que opten por esta medida deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Exigir a toda persona mayor de 12 años, el certificado de vacunación contra Covid-19 con ambas dosis, 14 días transcurridos después de la segunda, disponible a través de la aplicación «Coronavirus Uy».

Observar el cumplimiento estricto de las medidas sanitarias y proporcionar los datos pertinentes al sistema www.gub.uy/snd 

Quienes no hagan uso de la facultad referida en el comunicado deberán regirse por las normas vigentes del 25 de junio:

A) se mantenga un aforo máximo equivalente al 45% de su capacidad máxima;
B) que cada persona no permanezca más de 1 (una) hora en el recinto;
C) no se utilicen los espacios destinados a vestuarios o a usos similares.