El proyecto de ley busca plasmar que un kilo del mismo alimento puede costar 15% más dependiendo del paquete que tome como referencia.

El Frente Amplio presentó un proyecto de ley con el objetivo de que en las grandes superficies, ciertas tiendas online y cadenas de comercios, se explicite el precio de los productos por unidad de medida. Según el texto impulsado por el diputado Gustavo Olmos los productos que sean «susceptibles de ser ofrecidos en distintas presentaciones» deberán contar con el precio de envase y también con la referencia del precio por la unidad de medida equivalente.

De esta forma, independientemente de la cantidad de presentaciones que haya a la venta de un mismo producto, el consumidor tendrá derecho a saber cuál es el precio de la unidad, para tomarlo como referencia. Por ejemplo, un paquete de adobo (que se vende en gramos) deberá ser exhibido en las góndolas con el precio de esa presentación y con lo que cuesta el kilo del producto. En ese sentido, se entiende que un kilo del mismo alimento puede costarle 15% más al consumidor dependiendo del paquete que tome como referencia.

Olmos argumentó que «la falta de información que tienen los consumidores a la hora de tomar decisiones promueve ineficiencias que se traducen en un encarecimiento de un conjunto de bienes». «Dicha ausencia de información lleva a que los consumidores no puedan elegir productos de manera eficiente y, de esta forma, se disminuye la intensidad de la competencia, incrementando los precios en los distintos mercados».

El proyecto de ley «establece la obligación de informar al consumidor final el precio de venta efectivo por unidad de medida, de manera conjunta con el precio de venta de los productos que se ofrecen, para un conjunto de establecimientos definidos en base a su tamaño físico o expansión territorial».

Se aplicaría a las grandes superficies, establecimientos que vendan productos alimenticios, de higiene personal o de uso doméstico y tengan dos o más cajas fijas habilitadas para recibir pagos o cuenten con tres o más sucursales bajo el mismo nombre comercial o marca dentro del país; los canales de comercio electrónico que vendan los productos antes mencionados.

«Se entenderá por precio por unidad de medida al precio final que efectivamente debe pagar el consumidor por unidad de masa, volumen, longitud o unidad de producto, de manera idéntica para todos los productos de la misma categoría que se encuentren en el establecimiento comercial, expresado en una misma unidad del Sistema Internacional de Unidades (SI)».

Para los productos que se vendan por masa, se tomará como referencia el kilogramo. Si es por volumen, la medida se expresará en litros. Si es por longitud, en metros. Y si se suele comercializar por unidad. siempre y cuando no dificulte la comparabilidad, se deberá establecer la unidad. Quedan exceptuados del precio por unidad aquellos productos que se vendan en presentaciones iguales o inferiores a 50 mililitros o gramos.

“Se espera que esta regulación genere impacto positivos en términos de competencia a través de una mayor transparencia, y por tanto que mejore la eficiencia en el funcionamiento de diversos mercados, reduciendo el margen para que las empresas adopten estrategias que reduzcan la competencia y fijen precios superiores que redunden en beneficios extraordinarios a partir de fallas de mercado”, agrega el proyecto de ley.

El diputado recordó que este tipo de etiquetas se exigen desde hace más de medio siglo en Estados Unidos y algunos países de Europa. En Chile, Colombia y Argentina también hay experiencia en la materia.

La fiscalización de esta ley estará a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Área Defensa al Consumidor de la Dirección General del Comercio.

 

Foto: Gastón Britos / FocoUy