“No existió ilegalidad en la actuación del Estado”, según el fallo del Tribunal de Apelaciones.

El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 6° Turno revocó la sentencia del juez Alejandro Recarey que permitía a dos ciudadanas a ingresar al país sin cumplir las medidas sanitarias vigentes, según informó el Ministerio de Salud Pública (MSP).

Las dos mujeres demandaron a Estado uruguayo por obligarlas a realizarse un hisopado para ingresar al país por su condición de no vacunadas. Según el fallo del 7 de julio del juez Recarey, “la vacunación debe hacerse dentro del marco de la legalidad» y señala que «el no vacunado no atenta contra la salud pública. No viola leyes».

En ese sentido, el Tribunal de Apelaciones entiende que “no existió ilegalidad en la actuación del Estado”. Según el MSP también se destaca que “la demanda de amparo fue rechazada por no cumplir con los requisitos exigibles en la legislación. Asimismo, señala que la sentencia de primera instancia invadió competencias exclusivas y excluyentes del Poder Ejecutivo”.

“De esta forma, se ratifica la legalidad de la actuación del Estado en el combate contra la pandemia causada por covid-19”, reafirmó la cartera de la salud.

 

Foto Joaquin Fernandez/FOCO