Las empresas deben presentar una declaración jurada cada seis meses.

El Poder Ejecutivo resolvió solicitarle a las tabacaleras que informen cuántos cigarros venden por mes para monitorear la magnitud del consumo de tabaco en el país, según informó El Observador. Esta decisión supondrá que las empresas deben presentar una declaración jurada cada seis meses ante Salud Pública y en caso de incumplimiento, el ministerio podrá multarlas.

Las empresas tendrán un plazo de dos meses después que se cierre el semestre para presentar la información ante el Programa Nacional para el Control de Tabaco (PNCT) del MSP. Si no cumplen, la sanción puede ir desde un apercibimiento, una multa de 50.000 unidades reajustables, una clausura temporal por seis meses o la clausura definitiva.

También quedan comprendidos en esta normativa los dispositivos electrónicos que emplean una tecnología de tabaco calentado.

El decreto del MSP señala que la declaración jurada deberá indicar la cantidad de «unidades vendidas por mes de cada marca y tamaño de producto de tabaco elaborado o importado”. Agrega que es «fundamental» para el PNCT disponer de «información de mercado exacta» para monitorear la magnitud del consumo de tabaco en Uruguay.

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