Desde el 1º de enero, con la entrada en vigencia la última Ley de Rendición de Cuentas, comenzó a regir cambios en los trámites de inscripción de nacimientos y de matrimonio civil.

Hasta el año pasado, los recién nacidos debían ser inscriptos en el lugar donde nacían, dentro de un plazo de diez días, pero ahora los nacimientos también pueden inscribirse en la Oficina de Registro Civil correspondiente al lugar del domicilio de la madre.

En el caso del trámite de matrimonio civil, hasta el 2022, las personas debían casarse en el lugar de residencia de alguno de los futuros contrayentes. A partir de 2023, los matrimonios civiles pueden realizarse en cualquier lugar del país, con independencia de donde viva la pareja.

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