La Armada Nacional emitió un comunicado donde “recuerda y exhorta a la población a cumplir con lo dispuesto por el artículo 128º del decreto 100/91”, que prohíbe que se lleven animales a las costas del país y por tal motivo, se puede multar con 1 Unidad Reajustable, es decir, unos $ 1500.

De acuerdo a la normativa “queda terminantemente prohibido, durante la temporada, llevar animales de cualquier naturaleza a las zonas habilitadas para baño”.

En el documento, la Armada señala que “existen playas debidamente autorizadas por las diferentes intendencias para aquellas personas que deseen concurrir con sus mascotas”.

 

Foto: FocoUy