Este miércoles se reúne la Comisión Especial que estudia el financiamiento de los partidos políticos a efectos de votar el nuevo proyecto de ley y que en noviembre ingrese al plenario. El proyecto ya tiene media sanción en senado, discutido en noviembre del año pasado.
Según supo Fuentes Confiables la oposición no acompañará la mayoría de los artículos y presento sustitutivos a la norma. Entienden pertinente que algunos artículos rijan para la elección de 2024.
La nueva norma indica que las donaciones por parte del sector privado solo podrán realizarse a través de personas físicas y no por parte de empresas, ni aportes anónimos. El tope se fijó en 300 mil unidades indexadas que equivalen a 1 millón 200 mil pesos, poco más de 40 mil dólares.
Cuando los aportes sean realizados por los candidatos a cargos electivos, los límites serán: para candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de la República hasta 400 mil UI.
Para candidatos a cargos de Senadores, Diputados e Intendentes Departamentales hasta 300 mil UI. Para candidatos a cargos legislativos departamentales hasta 200 mil UI. Para candidatos a los municipios hasta 100.000 UI.
La nueva ley determina un espacio gratuito para publicidad electoral en los días previos al acto, que será entre las 18 y las 23 horas. En ese horario dispone de diez minutos de publicidad electoral por hora en los canales de televisión abierta.
La distribución del espacio está prevista en un 45% en forma igualitaria para todos los partidos con representación parlamentaria, 50% en forma proporcional a los votos obtenidos en la última elección, y el 5% restante para los restantes partidos.
Los partidos políticos podrán iniciar su publicidad electoral en los medios de radio, televisión abierta, televisión para abonados y prensa escrita solo a partir de: Diez días para las elecciones internas. Treinta días para las elecciones nacionales. Quince días en caso de realizarse segunda vuelta. Treinta días para las elecciones departamentales y municipales.
Las violaciones a las obligaciones y prohibiciones previstas en los artículos mencionados serán consideradas infracciones, podrán ser calificadas por la Corte Electoral como muy graves, graves y leves. El monto irá de 100 mil a 300 mil UI.
Informe de Giuliana Perdomo para Fuentes Confiables
El proyecto ya tiene media sanción en senado, discutido en noviembre del año pasado.
Conrado Rodriguez diputado del Partido Colorado explicó los cambios que evalua hacer su partido
Conrado Rodríguez
En la misma línea el diputado del Partido Nacional, Gustavo Penadés sostuvo que su partido evalúa algunas modificaciones y cuestionó que el proyecto no abarque la publicidad en internet.