El Tribunal de Conducta Política del Frente Amplio consideró que, en su condición de presidente de Alcoholes del Uruguay (Alur), el actual senador frentesmplista Leonardo De León (Lista 711) tuvo acciones que “comprometen seriamente su responsabilidad ética y política”, habiendo incurrido en “múltiples actos indebidos en perjuicio de su empresa y del interés y patrimonio públicos”.

Esa es la conclusión que, tomada en forma unánime por los miembros de ese organismo, será elevada a consideración del Plenario que deberá analizar la situación, el sábado 15, del legislador y mano derecha del ex vicepresidente Raúl Sendic, que también estará bajo escrutinio.

El informe, al que accedió Fuentes Confiables, circula entre los máximos dirigentes sectoriales del oficialismo y comenzará a ser repartido este martes a los 170 miembros del Plenario.

El Tribunal, que asumió competencias en el caso el 11 de abril, relata que ALUR es una firma que gira en la órbita del derecho privado, aspecto en el que hizo hincapié De León para afirmar que no estaba sujeto a las normas que rigen para la esfera estatal. Por lo tanto, no podría haber incurrido en delitos contra la administración pública al hacer un uso indebido de la tarjeta corporativa que le fue proporcionada.

Un aspecto que para el tribunal no puede aminorar el deber ético en la preservación del patrimonio público.

“Si alguna consecuencia cabe establecer entre esa exención y el rigor de las obligaciones éticas, sólo puede llevar a que las obligaciones se consideren aún más solemnes”, dice el dictamen.

El Tribunal considera que De León incurrió en varias irregularidades.

Por un lado, la desvirtuación de los mecanismos de control. “El criterio que “los estados de cuenta de las tarjetas respectivas hacían las veces de rendiciones de cuentas y eran los debidos comprobantes respaldatorios de los gastos realizados es inadmisible en las dos afirmaciones que contiene, y desvirtuó el mecanismo establecido en el Instructivo”, señala el fallo.

«Respecto del descontrol resultante el compañero De León fue a la vez responsable (por su condición de jerarca de la empresa) y beneficiario (como usuario de tarjetas).»

También por la omisión de rendir cuentas. “Los estados de cuenta bancarios no podían sustituir la rendición de cuentas que debía presentar el usuario porque no indican las circunstancias, los motivos, el concepto ni el detalle de cada gasto, información indispensable para comprobar su pertinencia”, se señala.

De León también omitió presentar comprobantes. “Tampoco es admisible la afirmación de que los estados de cuenta bancarios eran los debidos comprobantes respaldatorios de los gastos realizados”, dice el tribunal, para el que esos estados de cuenta son informes presentados por la entidad emisora de la tarjeta para recabar la conformidad (normalmente tácita) de la empresa respecto de los débitos y créditos consignados en su cuenta. Para la contabilidad de la empresa esos informes no podían suplir los comprobantes de los gastos.

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Situaciones similares se observaron en restaurantes y estaciones de servicio, en muchos casos cuando De León estaba en uso de licencia y, por lo tanto, no se acreditaba la necesidad de utilizar la tarjeta corporativa.

También se lo menciona por haber usado la tarjeta cuando los gastos efectuados estaban cubiertos por el viático correspondiente proporcionado por ALUR, lo que supone una defraudación, no solo para el patrimonio de la empresa, sino para el erario público.

En total, el informe recoge 130 gastos observados entre 2011 y 2015, por un total de 30677 dólares y 868.560 pesos, a pesar de haber recibido en ese período viáticos por más de 60 mil dólares, por los que nunca hizo devoluciones ni rindió cuentas.

El organismo da cuenta además que, al comparecer el pasado 19 de julio, De León se negó a responder las preguntas que se le efectuaron, aunque manifestó varias veces su disposición a hacerlo más tarde.

Para despejar dudas se le hizo la siguiente pregunta: “Vamos a recibir eso que tú nos dejas. ¿Tú estás dispuesto, entonces, si tenemos preguntas luego de leer esto, a venir nuevamente, si así lo decidimos, a responder las preguntas del caso?” La respuesta de De León fue: “Sí, estaríamos dispuestos”.

Contradiciendo estas afirmaciones, De León rehusó volver a comparecer.

“Esta actitud obliga al Tribunal a apreciar los hechos sin la información que podría haberse extraído de ese diálogo”, se subraya. “El Tribunal considera reprobable esta actitud del Cro. De León, y además se siente obligado a señalar ciertos aspectos de sus manifestaciones”, se apunta.

Entre ellos, que el actual senador desconoce la función estatutaria del Tribunal al decir que “este caso está debidamente cerrado” porque “no existe ningún ámbito o institución que para laudar este tipo de situaciones esté por encima de la Justicia.

Según el dictamen es obvio que las eventuales responsabilidades éticas y políticas que el Tribunal está llamado a apreciar son independientes de cualquier pronunciamiento de un Juzgado que solamente considera las infracciones jurídicas de naturaleza criminal.

“La idea de que la clausura de las actuaciones judiciales exonera al Cro. De León de cualquier clase de responsabilidad, como él ha sostenido, es a tal punto infundada que el propio dictamen fiscal que pidió esa clausura contiene contundentes juicios de reprobación”, se señala.

En ese marco el TCP recordó, entre otras observaciones críticas del fiscal de Crimen Organizado, Luis Pacheco, que lo de De León “demuestra un uso claramente indebido de la tarjeta” y que “ha incurrido en conductas contrarias al principio de probidad en la función pública” y en un “despreocupado manejo de dineros que, en un 90,79%, se trataba de dineros públicos”.

Al final de su fallo, el TCP no se considera en condiciones de proponer medidas concretas de sanción, las que deja en manos del Plenario del Frente Amplio.

Aquí compartimos en audio el informe presentado en Fuentes Confiables por Aldo Silva:

 

 

Este es el informe oficial:

 

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