La Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley, enviado al Parlamento por el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial y la Fiscalía General de la Nación, para restringir el uso de la libertad vigilada en casos de «delitos graves».
De aprobarse en Diputados, la norma no se aplicará en los casos en los que una persona sea reincidente y en los delitos «graves», como rapiñas, copamientos, narcotráfico y trata de personas.
La pena para que sí se aplique este régimen debe tener un máximo de tres años de prisión.
En relación a los delitos que no puede sustituirse la pena por la libertad vigilada, el senador del Partido Colorado, Pedro Bordaberry, sostuvo que el artículo debería incluir más delitos que queden por fuera de esta pena, por ejemplo, “los delitos económicos”.