El Fondo de Solidaridad aclara que están “haciendo todos los esfuerzos para facilitar los servicios en línea y la gestión remota hacia los contribuyentes”.

A través de un comunicado informan que «se están instrumentando los mecanismos necesarios de forma de cumplir con el estudio de las solicitudes de los estudiantes, con el otorgamiento de las becas, así como con el calendario de pagos previsto. Los becarios del Fondo se encuentran en condiciones de gran vulnerabilidad socioeconómica, situación que se ve afectada ante dicha emergencia sanitaria, por eso reforzamos nuestro absoluto compromiso con el cumplimiento de nuestros cometidos institucionales”.

Agrega que se están “haciendo todos los esfuerzos para facilitar los servicios en línea y la gestión remota hacia los contribuyentes, a la vez que adoptamos medidas excepcionales en cuanto a prorrogar plazos de cumplimiento de obligaciones y de vigencia de certificados de estar al día, esperando así minimizar los perjuicios de la situación», indica el organismo administrador en un comunicado.

Se aclara que «el objetivo es mantener la prórroga de vencimiento del pago de las obligaciones (Aporte Fondo y Aporte Adicional) mientras se mantengan las medidas sanitarias en nuestro país para contemplar la situación de aquellos profesionales que no puedan realizar los pagos correspondientes en las fechas habituales, y así lo soliciten”.

«Una vez finalizada la emergencia, el Fondo ya dispone de mecanismos de financiamiento para aquellos que así lo requieran. Para establecer el carácter de ese financiamiento, si el mismo va más allá de diciembre de 2020 será necesario modificar la normativa legal que rige al Fondo a los efectos de exonerar intereses de financiación», señala.

De esta forma, se prorroga la vigencia de los certificados de estar al día hasta el 30 de junio de 2020 y ante la iniciativa de extenderlo por todo el año, en caso de ser necesario, su análisis formará parte de la coordinación con la Caja de Profesionales.

También se prorroga el plazo para la presentación de las declaraciones juradas de solicitud de exoneración por mínimo no imponible. En el caso de la exoneración común, la prórroga será por el plazo de quince días siguientes a la reapertura de las oficinas.

 

Foto: Captura Google Maps