La comuna aclara que existen dos situaciones diferentes respecto a las actividades sociales en locales.
Los locales habilitados para realizar fiestas y eventos podrán, previa autorización, funcionar en dos formatos posibles:
- a) con instancia de baile: podrán solicitarlo establecimientos habilitados para este giro que cumplan estrictamente las disposiciones departamentales y los protocolos establecidos por el MSP.
Son eventos habilitados para personas con vacunación completa. Deberá haber control de trazabilidad, ventilación de los espacios cada 40 minutos con intervalos de 20 minutos y podrán durar hasta 5 horas y no finalizar más allá de las 5 am.
El máximo de aforo permitido es de 200 personas si el local es cerrado y de 300 personas si el local es abierto.El lugar debe estar dispuesto con mesas y sillas y se recomienda el uso de mascarilla.
- b) sin instancia de baile: podrán solicitarlo establecimientos habilitados para espectáculos públicos, que cumplan estrictamente las disposiciones departamentales y los protocolos establecidos por el MSP.
Son eventos habilitados para población mixta, vacunados y no vacunados, no cuentan con una duración máxima determinada y el horario de cierre máximo será a la hora 5 am. El lugar debe estar dispuesto de forma que cada persona cuente con un lugar asignado.
En segundo lugar bares, restaurantes y afines no podrán realizar instancias de baile ya que no están habilitados y deberán finalizar su actividad a las 2 am. No se otorgarán bajo ningún concepto permisos que no cumplan estos criterios. La Intendencia de Montevideo y el Ministerio de Salud continúan coordinando la fiscalización del cumplimiento de la normativa vigente, tanto del MSP como la Departamental.