Desde la Sociedad Uruguaya de Tabacología (SUT) sostienen que el decreto vulnera los derechos adquiridos en materia de protección de la salud y además retrocede en los estándares alcanzados por el país. Entienden que el decreto carece de sustento científico y viola la ley de empaquetado neutro, lo cual genera una violación al Convenio Marco para el Control de Tabaco de la OMS y el Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito, indicaron a través de un comunicado.
¿Cómo fue el proceso por el que se llegó al empaquetado neutro?
A través del Decreto Nº 120/19 (segundo gobierno del expresidente Tabaré Vázquez), Uruguay se transformó en el primer país de América Latina en exigir el empaquetado neutro de productos de tabaco con el objetivo de reducir el atractivo en sus productos y aumentar la notoriedad de sus advertencias sanitarias.
En el año 2022, un decreto firmado por el presidente de la República, Luis Lacalle Pou, impulsado por el MIEM modificó la normativa vigente y permitió incluir tanto en el filtro como en el interior de los paquetes elementos distintivos de marcas.
A raíz de esta modificación la SUT presentó una acción de amparo contra ese decreto y la Justicia suspendió (de manera transitoria) la aplicación del decreto.
Para avanzar en la suspensión definitiva, el pasado 14 de abril la SUT presentó ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) nulidad del Decreto 282/022 expresando lo siguiente: «La anulación de este Decreto es una acción necesaria para proteger la salud de la población uruguaya y garantizar el cumplimiento de las políticas sanitarias establecidas en el país. Las políticas de control de tabaco han sido clave para reducir el consumo de tabaco y proteger la salud de la población y cualquier intento de debilitaras es inaceptable»