Unos 600 ahorristas del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), que iniciaron un juicio civil contra la entidad bancaria por aproximadamente US$ 7 millones por enriquecimiento injusto, analizan presentar una queja ante organismos internacionales. Entienden que Uruguay no reportó la violación de los derechos humanos de 22.500 ahorristas que enfrentan un incremento abusivo de la Unidad Reajustable en los últimos años. Así lo señaló a El País el abogado de los ahorristas y socio del estudio Hughes & Hughes, Bernardo Porras.

El 12 de agosto de 2013, la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo emitió la Recomendación 102 que instaba al Banco Hipotecario a que propiciase mecanismos que permitiesen la revisión de los contratos de los ahorristas para «restablecer la ecuación económica» de los mismos. De esa forma, señalaba la Institución, se evita «un enriquecimiento injusto» del Banco Hipotecario y «una pérdida en la equidad de la prestación» para la obtención de la vivienda para muchos uruguayos.

Uruguay está obligado a reportar a organismos internacionales cada situación que surja de eventuales violaciones a los derechos humanos de sus habitantes. Para ello, el país cuenta con la Institución Nacional de Derechos Humanos, la Secretaría de los Derechos Humanos, que depende de la Presidencia de la República, y la Dirección de Derechos Humanos que funciona bajo la órbita del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Luego de dos meses de golpear puertas en oficinas estatales, Porras se enteró que, pese a la resolución de la Institución Nacional de Derechos Humanos, Uruguay no incluyó en los listados de cuestiones que envía a la Organización de Estados Americanos (OEA), la situación de los derechos humanos de 22.500 familias ahorristas del BHU afectadas por el incremento por encima de la inflación de la Unidad Reajustable en los últimos años.

«En Uruguay surgen muchas manifestaciones de autoridades sobre que Uruguay es muy cumplidor con cuestiones relacionadas a los derechos humanos. La obligación primera del país es reconocer que tiene un problema de derechos humanos de las familias de los ahorristas», dijo el integrante de uno de los principales estudios jurídicos del país. Agregó que «se nos ha confesado por miembros de organismos que defienden los derechos humanos que esta situación jamás fue reportada a organismos internacionales. Eso sugiere que es mínima la expectativa que pueden tener las familias de ahorristas sobre que haya un respeto a los derechos humanos vinculados a esta temática».

En la sede judicial, el banco consideró que no puede reducir la deuda de los ahorristas en UR porque ello significaría una merma de su patrimonio.

El profesional sostuvo que esa postura del BHU «no es un sinceramiento» de sus propios activos, y recordó que en 2014 el Estado emitió un bono para apalancar las finanzas del Banco de Seguros. Ese bono se estableció en UR. Posteriormente, el Estado lo cambió por otra unidad de cuenta. «El problema está identificado», opinó el abogado.

Según Porras, el Estado puede hacer lo mismo para atender la situación de 22.500 familias de ahorristas.

Según la resolución de la Inddhh, el Estado «no debería genera un trato diferencial» respecto de clientes de una misma entidad financiera quienes, además, contrataron en base a una carta orgánica del BHU que establecía fines específicos diferentes a los actuales. «No aparece un criterio razonable de equidad no haber buscado (el BHU) una solución para quienes contrataron inicialmente en Unidades Reajustables para la adquisición de vivienda y sí hacerlo respecto de otras carteras de clientes en condiciones de contratación similares», expresa el organismo defensor de los derechos humanos.