A partir de este 1° de julio está vigente un nuevo ajuste de salarios para las trabajadoras del sector doméstico, informa El Observador.
De acuerdo con el convenio colectivo vigente en el sector, las trabajadoras que perciben hasta $ 20.142 nominales mensuales (o su equivalente en hora: $ 105.96) tendrán un incremento de 5,31%.
En tanto, para la segunda franja de ingresos, los trabajadores que hasta el 30 de junio ganaban entre $ 20.143 y $ 22.730 nominales mensuales (o su equivalente en hora: $ 105,97 hasta $ 119,6) tendrán un ajuste de 4,79%.
Para la tercera franja –compuesta por quienes perciben por encima de $ 22.731 nominales mensuales (o su equivalente en hora: $119,6) – recibirán un incremento salarial de 3,5%.
También desde el 1° de julio sube el salario mínimo para el sector que pasa a ser de $ 17.313,6 mensuales (por 44 horas semanales de trabajo y 25 jornales en el mes), lo que equivale a $ 91,09 por hora.
Todos estos valores tienen vigencia hasta el 31 de diciembre próximo, fecha en la que vencerá el convenio colectivo de este sector de actividad.
A excepción de la franja de mayores ingresos, en todos los otros casos la corrección está compuesta por un porcentaje de ajuste semestral más otro porcentaje de incremento adicional, de acuerdo a los lineamientos definidos por el Poder Ejecutivo en la última ronda de negociación colectiva para los salarios sumergidos.
Al vencimiento del convenio se aplicará, si corresponde, un ajuste adicional por la diferencia existente entre la inflación registrada en el período 1 de julio de 2017 y el 31 de diciembre de 2018 y los ajustes salariales otorgados en ese lapso.
Sin dejar de lado las remuneraciones, las trabajadoras domésticas tienen dos reivindicaciones claras que piensan trasladar a la parte empleadora en los próximos Consejos de Salarios: crear categorías y obtener fueros sindicales. La intención del Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas (SUTD) es que las primeras instancias de negociación empiecen en agosto.
En total hay unas 110 mil trabajadoras domésticas de las cuales están registradas en la seguridad social alrededor de 70 mil.
Desde el 1° de abril pasado rige como un elemento obligatorio que las trabajadoras domésticos mensuales cobren su salario a través de una cuenta bancaria con una tarjeta de débito o un emisor de dinero electrónico.
Esta disposición no aplica en el caso de los trabajadores domésticos cuyo empleador estuviera percibiendo, al 31 de diciembre de 2017, una jubilación, pensión o retiro de cualquier instituto de seguridad social. En estos casos, la remuneración se puede seguir abonando en efectivo
Tampoco están alcanzados los trabajadores inscriptos en el BPS como jornaleros, que se incorporarán obligatoriamente al pago electrónico recién a partir del 1º de enero de 2019, por lo que podrán seguir cobrando en efectivo hasta ese momento.