El documento con las moficaciones lo firmó el presidente Lacalle Pou en las últimas horas.
El Poder Ejecutivo resolvió modificar el registro y control de ingreso del escalafón K a las Fuerzas Armadas, por el que a partir de ahora se ingresará a través del Ministerio de Defensa Nacional y no de las unidades o cuarteles. «Hemos cambiado radicalmente la forma de ingreso a las Fuerzas Armadas».
Hasta ahora quienes querían ingresar, concurrían a cuarteles o unidades y dentro de la misma fuerza se procesara el ingreso. Había instancias en las que se «evitaban cosas que eran imprescindibles», indicó el ministro, por lo que ahora el ingreso serán autorizados por Defensa. El presidente Luis Lacalle Pou firmó el nuevo reglamento de ingreso, adelantó el ministro Javier García.
Javier García
Los pasos.
Para la solicitud de trámite se elevará desde las respectivas unidades ejecutoras el formulario de inscripción de los interesados, a través del correo electrónico dgrrhh.secretaria@mdn.gub.uy. Los postulantes registrados en dichos formularios no podrán ingresar, hasta tanto no se cumplan con todos los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de las Fuerza Armadas N° 19.775, artículo 54.
El referido artículo plantea ser ciudadano natural o legal con tres años de ejercicio, ser mayor de edad, excepto los alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales, presentar la Credencial Cívica. Se deberá presentar certificado de antecedentes judiciales, según un comunicado emitido por la cartera.
También certificar aptitud psico-física, juramento de fidelidad a la bandera, inexistencia de antecedentes sumariales, haber aprobado pruebas, exámenes o concursos que se establecen en la ley, tener aprobado educación media básica completa o educación primaria completa, con la condición de completar educación media básica completa en un plazo no mayor de ocho años.
Ante la aceptación que aprobará el Ministro de Defensa Nacional, a través de la Dirección General de Recursos Humanos, se establece un «Contrato de Servicio Militar» que firmará todo el Personal Subalterno Militar (perteneciente al Escalafón «K») de todo el Inciso. Dicho Contrato se ajusta a la nueva legislación, particularmente a lo previsto en los artículos 54 (requisitos), 87 (prohibiciones) y los aspectos complementarios que se establecen en la Ley 19.775 y en las leyes, decretos, reglamentos y disposiciones vigentes.
Entre las obligaciones que impone el Estado Militar, se establece someterse a todos aquellos tratamientos médicos, vacunaciones de carácter profiláctico, exámenes médicos, clínicos, paraclínicos y psicológicos que dispongan las autoridades sanitarias del Ministerio de Defensa Nacional y sus Unidades Ejecutoras, en cualquier momento de la vigencia del presente contrato, en forma periódica o sorpresiva.
No consumir ni tener estupefacientes y/o sustancias psicotrópicas que causen alteraciones irregulares en la psiquis, ni prestar servicios bajo su efecto, lo que está prohibido y constituye una falta muy grave a la disciplina, que será sancionada con la baja de los cuadros efectivos. Se exceptúan las recetadas por un profesional médico.
(foto: Gastón Britos / FocoUy)