Se difundió el informe del Tribunal de Conducta Política al Plenario Nacional del Frente Amplio.
El dictamen, que ya está en manos de los 175 miembros del Plenario, indica que la actuación de Sendic en estos hechos «compromete su responsabilidad ética y política, con incumplimiento reiterado de normas de control», aunque aclara que «no se pronuncia sobre los aspectos jurídicos»
La reglamentación del uso de tarjetas corporativas nunca fue aplicada, ni por Sendic, ni por ninguno de los miembros del Directorio (cada director estaba obligado a hacer una rendición de cuentas y presentar los comprobantes de pago) a pesar de haber sido él mismo quien sugirió la implantación de esa reglamentación.
Sendic argumentó que todos los gastos estuvieron ligados estrictamente a la empresa y «el monto de los gastos que se cuestionan es muy moderado y contrasta con el valor cuantioso de las operaciones en que debe intervenir el Pte de ANCAP, de millones de dólares por día». «Esto hace absurda la idea de que hubiera podido incurrir a operaciones como las cuestionadas para obtener un enriquecimiento indebido. A ello se añade que su modo de vida y hábitos no se alteraron durante su desempeño en ANCAP», indica el fallo, en base a las declaraciones del vicepresidente.
«La obligación de entregar los comprobantes era la única disposición que hacía posible verificar la pertinencia de los gastos, dado que los otros mecanismos de control establecidos no lo permitían», indica el fallo.
«Sendic ha hecho en forma reiterada la afirmación inexacta de que sus gastos se ajustaron siempre a las normas aplicables. Lo sostuvo no sólo públicamente, sino también ante el Tribunal (‘todo lo que hicimos siempre estuvo apegado a lo que establecimos, a lo que dice el reglamento’), hasta que se le preguntó si había efectuado las rendiciones de cuentas y la entrega de los comprobantes», señala.
El examen individual de los gastos de apariencia llamativa «muestra distintos tipos de situaciones». En algunos casos Sendic «ha dado explicaciones al Tribunal, aunque no tienen sustento de prueba fehaciente que las corrobore», prosigue.
La compra efectuada en marzo de 2011 en la mueblería Divino, de Montevideo, «no ha sido explicada por el Cro. Sendic y a su respecto se expresó en términos excepcionales». Preguntado sobre qué había comprado allí, «dijo que no lo recordaba y después comentó por dos veces: ‘Me parece muy rara esa compra en Divino’, ‘A mí me parece muy rara esa compra’.
El vicepresidente dijo que «a lo largo de nueve años la suma de esas compras no llega a 300 dólares por año, porque son situaciones extremas que se dan.»
«Es imposible admitir que hubiera ‘casos extremos’ o ‘situaciones extremas’ en la gran mayoría de los gastos que Sendic ha explicado concretamente, cómo las compras para obsequios futuros», concluye el Tribunal.
Conclusiones
«El Tribunal no se pronuncia sobre los aspectos jurídicos de los hechos referidos, estando a lo que concluya a ese respecto la Justicia. La actuación de Sendic en estos hechos compromete su responsabilidad ética y política, con incumplimiento reiterado de normas de control. El Tribunal no llega a esta conclusión por un criterio minucioso de reprobación de cualquier acto irregular puntual. El cuadro general que presentan los actos reseñados de Sendic no deja dudas de un modo de proceder inaceptable en la utilización de dineros públicos», señala el TCP.
«Agravan lo anterior la especial responsabilidad que imponía la condición de Presidente del Directorio de ANCAP, y también la forma en que Sendic ha respondido públicamente a los cuestionamientos de su conducta», prosigue.
Dado que, en virtud de la resolución del Plenario Nacional de 3 de marzo de 1996, el Tribunal no puede proponer medidas concretas, «el Tribunal da cuenta al Plenario Nacional de lo expuesto en el presente informe».
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