En los palcos cerrados el aforo será de 60%.

La Secretaría Nacional de Deportes anunció que a partir de este martes 26 de octubre se habilita un aforo máximo de 75% en los espectáculos deportivos que se realizan completamente al aire libre. “Las federaciones o clubes que hagan uso de la opción de ampliar el aforo deberán cumplir, bajo su responsabilidad, diferentes obligaciones que, de no ser tenidas en cuenta, podrán causar la revisión o revocación de la autorización a la institución, además de sanciones impuestas por la legislación vigente”.

Entre ellas, la Secretaría destaca que todas las personas que ingresen a los espectáculos deportivos con hasta 75% de aforo deben estar vacunados contra el Covid-19, con las dos dosis y 14 días después de recibida la segunda. Esto rige para los asistentes mayores de 12 años de edad. En los palcos cerrados, el aforo se amplía al 60% de la capacidad.

Se fiscalizará que el público mayor de 12 años de edad cuente con el certificado de vacunación, y se deberá controlar el cumplimiento del protocolo sanitario vigente, en especial el distanciamiento social y el uso de tapabocas durante la permanencia en el escenario.

Por otro lado, la distribución de los espectadores “se deberá realizar en forma equitativa entre todas las tribunas, de forma tal de no sobrepasar el aforo máximo permitido en ninguna de ellas”. “Los estadios que presenten palcos cerrados podrán ocupar el espacio en un máximo del 60% de su capacidad total permitida, siempre que aseguren una correcta ventilación”, se indica en la resolución.

En cuanto a la “venta o canje de entradas”, la autorización expresa que se deberán tomar las medidas correspondientes tendientes a “evitar aglomeraciones, al igual que en el ingreso y salida del escenario deportivo”.

 

Foto: Gastón Britos / FocoUy