Estar en el Clearing ya no será impedimento para acceder a determinados servicios según un artículo votado esta madrugada en la Rendición de Cuentas en el senado. 

Ahora el articulado volverá a la Cámara baja para su aprobación definitiva 

El artículo 626 garantiza a las personas el acceso a servicios y prestaciones públicas pese a estar incluidos en la lista de deudores del  Clearing de Informes. 

El senador del Partido Nacional, Sergio Botana celebró la noticia a través de cuenta de X

El artículo 626 dice textualmente: “No podrá negarse a las personas físicas deudoras el acceso a servicios o suministros comprendidos entre los cometidos de los organismos públicos, estatales o no estatales, incluyendo entre otros los servicios de garantía de alquiler de la Contaduría General de la Nación y las prestaciones del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial y la Agencia Nacional de Vivienda, por el solo hecho de que los datos relativos a su actividad comercial o crediticia se encuentren registrados en fuentes de acceso público de dominio privado, procedentes de informaciones facilitadas por un acreedor o varios acreedores o en las circunstancias previstas en el artículo 22 de la Ley N° 18.331, de 11 de agosto de 2008, en la redacción dada por el artículo 152 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.”