Sobre el caso de la pequeña María, en debate judicial,  los padres de la niña se presentarán hoy ante la justicia española para presentar sus alegatos luego de que los peritos españoles determinaran que no hubo abuso sexual hacia la niña ni violencia de género hacia la madre por parte del padre, además, cuestionaron los informes psicológicos que la defensa de la madre presentó para denunciar el presunto abuso sexual del padre a la niña.

La información fue recogida por Lucía Betancur para Fuentes Confiables luego de acceder al expediente en cuestión.

El caso: María y su hija de entonces cuatro años vivían en España. En abril de 2017 ellas vinieron de vacaciones a Uruguay (con la autorización del padre) pero no volvieron. María denunció las 2 habían sido víctimas de violencia. También acusó al padre de abusar sexualmente de su hija. Según su relato, la niña realizó dibujos y contó situaciones que la hicieron dudar y que luego, al llevarla ante una psicóloga, le confirmaron sus sospechas. Informes privados de psicólogos uruguayos indicaron que veían indicadores de abuso sexual por parte del padre. Desde España, el padre solicitó la restitución de la niña y comenzó un proceso judicial en Uruguay. En una primera instancia, un Tribunal de Apelaciones ordenó que la pequeña debía volver, la defensa de la madre  recurrió ante la Suprema Corte de Justicia que suspendió la vuelta a España. Finalmente la Justicia uruguaya dispuso  en junio de este año que María y su hija regresaran a España para comenzar el proceso judicial allá.

Tras varias entrevistas y test psicológicos a la madre, el padre y la niña por separado, por parte del equipo de peritos judiciales se determinó que “el relato de la madre no es compatible con la presencia de violencia de género, sí que sería el relato de una relación disfuncional en la pareja donde la responsabilidad del malestar recae en los dos”.

Además, determinó que: “No existe relato de hechos abusivos” hacia la niña, “por lo tanto no se puede determinar la presencia o ausencia de la situación abusiva denunciada”.

Sobre los informes psicológicos presentados por la madre, que buscan demostrar el abuso por parte del padre, los peritos concluyeron que “no son informes que se puedan tener en cuenta en un ámbito forense pericial. Son fruto de psicoterapia y no respetan los principios básicos de cualquier pericial psicológica. También agrega que “en estos informes queda clara la interferencia materna en el relato de la niña, no mostrando demasiada conciencia del trauma psicológico que puede representar para la niña la repetición del relato, y no preservando ningún detalle” de la relación niña-padre.

En cuanto a las grabaciones que la madre presentó, fueron escuchadas por los peritos, quienes dijeron que desconocen las condiciones en que fueron elaboradas y afirmaron: “Se entienden como interpretaciones forzadas de lo que dice la niña a partir del convencimiento de la madre de que los hechos abusivos han sucedido”. Agrega que “en las grabaciones se detecta una clara influencia de la madre para insistir en la niña que algo muy malo le ha sucedido en el pasado y que está relacionado con su padre”.

Señala que “la sintomatología expresada por la menor correspondería más a un conflicto de fidelidades que no a la presencia de un trauma del pasado”. “En caso de futura citación a juicio oral, se use la prueba preconstruida realizada en fase de instrucción, para evitar nuevos perjuicios a la víctima y/o su revictimización. Nuevas citaciones judiciales pueden interferir en la salud mental de la menor y en su recuperación psicológica.

También concluye que si la resolución de la jueza es favorable al padre “se recomendaría el inicio urgente de la recuperación de la relación” entre padre e hija que debería ser, en un principio, “bajo supervisión de un técnico que podrá ser de un punto de encuentro”.