La columna de la economista Gimena Waller, integrante del departamento de Consultoría de CARLE & ANDRIOLI Contadores Públicos.
La inversión es clave para el desarrollo económico. En este sentido días atrás se conoció nueva normativa para la promoción de la inversión privada.
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PE- ¿Cómo funcionan hoy los incentivos impositivos a la inversión?
La Ley de Promoción y Protección de Inversiones, prevé beneficios y ahorros impositivos a contribuyentes que presenten un proyecto de inversión frente a la COMAP (que es la Comisión de aplicación de la ley de Inversiones) y se comprometan al cumplimiento de determinados objetivos. Estos objetivos se miden a través de indicadores como por ejemplo, incremento de exportaciones, empleo, uso de tecnologías limpias, entre otros.
La nueva normativa permite un acceso mayor a los beneficios tributarios.
PE- Se habla de cambios en esos indicadores ¿Cuáles son esos principales cambios introducidos?
Por un lado se modificó la ponderación de los indicadores en la matriz, incrementando por ejemplo de 40% a 50% la ponderación del empleo. Pero también se incorporaron modificaciones en la medición de algunos indicadores.
Con respecto por ejemplo a la Generación de empleo se computará como incremento de un empleado aquel que cumpla con un régimen de 30 horas semanales o de 130 horas mensuales. No se obtendrán como en la normativa anterior puntos adicionales por la contratación de mujeres, menores de 25, discapacitados o rurales.
En el caso de la Descentralización geográfica, el indicador ahora varía entre 4 y 10 puntos. Se determinó en función de la caída de empleo medida por la Tasa de Empleo.
PE- Hay indicadores que son específicos para los diferentes sectores de la economía, ¿también sufrieron modificaciones?
Sí, son los indicadores llamados sectoriales, de los cuales se introdujeron nuevos. Por ejemplo se incorporó un nuevo indicador sectorial de elección común para todos los sectores que es el de Mejora de la empleabilidad del Personal, buscando promover la capacitación de los trabajadores midiendo el porcentaje de gastos de capacitación respecto al total de remuneraciones.
Y se volvió a incorporar la posibilidad de elegir el indicador Inversiones en generación de energía proveniente de fuentes renovables-Nivel Tecnológico del producto elaborado (por ejemplo la inversión en paneles solares) también para todos los sectores.
Otro nuevo indicador incorporado es el Índice de Mantenimiento de Actividad, que podrá ser elegido por los proyectos del sector comercio y servicios. El objetivo del indicador es compensar los sobrecostos que implica para las empresas incurrir en costos de energía eléctrica, agua, comunicaciones, gas natural y combustibles (tarifas públicas).
PE- ¿Existe una forma de acceder a estos beneficios incorporando solamente empleo…?
Efectivamente. Con la aplicación de la Matriz simplificada se utiliza solamente el indicador empleo. De acuerdo al monto de la inversión se definieron tramos, asignando puntos en función de un mínimo de personas por tramo. El beneficio de renta será de 42% a 69%, con 5 a 7 años de plazo respectivamente.
También en este caso, es importante tener en cuenta que se otorgará un punto adicional a los proyectos que se presenten hasta el 31 de diciembre de este año.
PE- ¿Cómo terminan impactando en los impuestos los cambios introducidos en la normativa?
Uno de los cambios fundamentales se encuentra en el impuesto a la renta (IRAE) a exonerar por las empresas. Del total de la matriz de indicadores surge un puntaje que determina la exoneración del IRAE. Se podrá deducir hasta el 90% del IRAE del ejercicio (antes aplicaba el 60%).
También con el cambio de norma se amplía el plazo para utilizar el beneficio, el plazo mínimo será de cuatro años (en lugar de los tres que establecía el régimen anterior); con un máximo de 25 años.
Con respecto a los años de cumplimiento de indicadores es ahora de tres años y el margen de tolerancia para el cumplimiento será del 20% sobre el total del puntaje de la matriz.
PE- Algunos beneficios son transitorios y extraordinarios para proyectos presentados durante este año y principios del siguiente. ¿Qué nos podés comentar en ese sentido?
Exacto. Los beneficios pueden quedar incrementados hasta en un 80% si el proyecto se presenta antes del 31 de marzo del año próximo y las inversiones también se realizan antes de esa fecha.
Con la aplicación de estos beneficios transitorios, es posible obtener un beneficio incluso superior al 100% de la inversión.
PE- Qué pasa con quienes presentaron recientemente un proyecto bajo la normativa anterior?
El decreto comentado entró en vigencia el pasado 7 de octubre de 2020 y da la posibilidad de optar por éste o por el decreto anterior durante 60 días. A su vez durante este plazo la empresa que haya presentado un proyecto de inversión con posterioridad al 01 de mayo de este año puede analizar cuál es el régimen más conveniente y solicitar acogerse a la nueva normativa.
Deberemos aguardar para ver cómo impactan estas medidas en el empleo y en la inversión del sector privado.
Foto: FocoUY.